InicioOpenbankJurisprudencia Openbank › Openbank responsable del fraude aunque usaran tus clave…
Tribunal Supremo 💶 Condena: 56.475 €

Openbank responsable del fraude aunque usaran tus claves

Referencia
STS 571/2025 (STS 1671/2025)
Fecha
09/04/2025
Órgano
Tribunal Supremo — Sala de lo Civil
Materia
Fraude digital
Cuando el usuario niegue haber autorizado la operación, el proveedor debe probar no solo que ésta fue correctamente ejecutada, sino también que no existió ninguna deficiencia del servicio y que el usuario actuó con fraude o negligencia grave.
— Tribunal Supremo — Sala de lo Civil
Qué ocurrió

Los hechos

En su sentencia 571/2025 de 9 de abril, el Tribunal Supremo estableció un precedente de enorme trascendencia: los bancos son responsables cuasi-objetivamente de las operaciones de pago no autorizadas realizadas mediante fraude digital. No basta con que el banco acredite que se usaron las credenciales correctas del cliente: debe probar además que no existió ninguna deficiencia en su servicio y que el cliente actuó con fraude o negligencia grave. En este caso, el banco fue condenado a devolver 56.474,63 euros más intereses y costas. La sentencia declara nulas las cláusulas contractuales que intentan eximir al banco de responsabilidad por deficiencias del sistema.

Hechos probados

Lo que quedó acreditado

El cliente fue víctima de SIM swapping. Días antes, había alertado al banco de SMS no solicitados y cargos sospechosos en su tarjeta. Pese a esas advertencias, el banco no modificó las credenciales de acceso ni aplicó medidas adicionales. Se realizaron múltiples transferencias en horarios inusuales por importes elevados. El TS confirmó en casación la condena de juzgado y Audiencia Provincial de Zaragoza.

Argumentos jurídicos

Por qué condenó el tribunal

El Tribunal Supremo estableció que el cumplimiento técnico de los requisitos de autenticación no exime al banco. El Art. 44 RDL 19/2018 exige que el banco pruebe: (1) correcta ejecución de la operación, (2) no existencia de deficiencia del servicio, y (3) fraude o negligencia grave del cliente. La carga de la prueba recae en el banco. Debe actuar como "ordenado y experto comerciante". Las cláusulas que exoneran al banco son nulas.

✅ ¿Por qué importa esto para tu caso con Openbank?

Si Openbank te ha retenido fondos alegando operaciones sospechosas o fraude del que tú niegas ser responsable, el banco debe demostrar que no hubo deficiencias en su sistema. Los sistemas automatizados de detección de Openbank que fallen en prevenir operaciones sospechosas convierten al banco en responsable directo del perjuicio. Esta doctrina del TS es vinculante y aplicable a cualquier banco español.

Ficha técnica

Datos de la resolución

ÓrganoTribunal Supremo — Sala de lo Civil
ReferenciaSTS 571/2025 (STS 1671/2025)
Fecha09/04/2025
EntidadIbercaja
Condena56.474,63 €
MateriaFraude digital
ArtículosArts. 44-46 RDL 19/2018 (PSD2), Art. 22 RGPD
📄 Fuente oficial (dominio público) Ver fuente →
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

En su sentencia 571/2025 de 9 de abril, el Tribunal Supremo estableció un precedente de enorme trascendencia: los bancos son responsables cuasi-objetivamente de las operaciones de pago no autorizadas realizadas mediante fraude digital. No basta con que el banco acredite que se usaron las credenciales correctas del cliente: debe probar además que no existió ninguna deficiencia en su servicio y que el cliente actuó con fraude o negligencia grave. En este caso, el banco fue condenado a devolver 56.474,63 euros más intereses y costas. La sentencia declara nulas las cláusulas contractuales que inte…

El Tribunal Supremo estableció que el cumplimiento técnico de los requisitos de autenticación no exime al banco. El Art. 44 RDL 19/2018 exige que el banco pruebe: (1) correcta ejecución de la operación, (2) no existencia de deficiencia del servicio, y (3) fraude o negligencia grave del cliente. La carga de la prueba recae en el banco. Debe actuar como "ordenado y experto comerciante". Las cláusulas que exoneran al banco son nulas.

Si Openbank te ha retenido fondos alegando operaciones sospechosas o fraude del que tú niegas ser responsable, el banco debe demostrar que no hubo deficiencias en su sistema. Los sistemas automatizados de detección de Openbank que fallen en prevenir operaciones sospechosas convierten al banco en responsable directo del perjuicio. Esta doctrina del TS es vinculante y aplicable a cualquier banco español.

¿Esta resolución aplica a tu caso con Openbank?

Cuéntanos qué te ha pasado. Analizamos tu caso y te decimos si tienes fundamento para reclamar.

Consulta gratuita →