Herencias y Sucesiones

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Situaciones que resolvemos

📜
Testamentos

Redacción y revisión de testamentos. Asesoramiento sobre las mejores fórmulas para transmitir tu patrimonio.

📂
Aceptación de herencia

Aceptación pura, a beneficio de inventario o renuncia. Te asesoramos antes de decidir, especialmente si hay deudas.

⚖️
Partición y reparto

Liquidación y distribución del caudal hereditario entre los herederos. Mediación para evitar el juzgado.

🛡️
Impugnación de testamento

Si crees que el testamento no refleja la voluntad del fallecido o lesiona tu legítima, podemos reclamarlo.

🏠
Herencias con inmuebles

Adjudicación, venta y cambio de titularidad de viviendas y fincas heredadas. Coordinación notarial y registral.

💼
Herencias internacionales

Cuando el fallecido o los herederos residen en distintos países. Aplicación del Reglamento Europeo de Sucesiones.

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Casos prácticos basados en jurisprudencia real

👴
Tres hermanos, herencia sin testamento
📍 Sevilla

Fallecimiento sin testamento. La herencia incluía dos pisos y una cuenta bancaria, pero uno de los pisos tenía hipoteca. Un hermano quería vender todo; los otros dos, conservar.

División judicial con inventario notarial en 8 meses. El piso con hipoteca se adjudicó al hermano que asumió la deuda; el libre se vendió y se repartió en tres partes iguales.

Sin testamento, cualquier heredero puede iniciar la partición ante notario o juzgado aunque los demás no cooperen. No es necesario el acuerdo unánime para arrancar el proceso.
👩
Hija única, deudas de Hacienda desconocidas
📍 Madrid

Aceptó la herencia sin saber que existían deudas con Hacienda de años anteriores. Meses después la AEAT le reclamó 23.000 euros.

Responsabilidad limitada al valor de los bienes heredados mediante beneficio de inventario. Al no haber podido conocer razonablemente las deudas, el juzgado reconoció la limitación.

Ante cualquier duda sobre las deudas del fallecido, la aceptación a beneficio de inventario es clave. La responsabilidad del heredero nunca supera el valor de lo que hereda.
👨‍👩‍👧‍👦
Cuatro herederos, testamento impugnado
📍 Zaragoza

Un heredero impugnó el testamento alegando que el padre carecía de capacidad por estar en tratamiento por demencia leve en el momento del otorgamiento.

Testamento confirmado en juicio declarativo. El notario había hecho constar la capacidad del testador y existía informe médico del mismo día.

La demencia leve no invalida automáticamente un testamento. Lo determinante es la capacidad en el momento exacto del otorgamiento, no el diagnóstico previo o posterior.

Lo que nos preguntan cada día

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar una herencia?+

La ley no fija un plazo absoluto, pero los acreedores pueden interpelarte judicialmente para que decidas en 30 días. Lo prudente es resolver la situación en los primeros 6 meses para evitar el impuesto de sucesiones con recargos.

¿Qué es la legítima?+

Es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a los hijos (y en su defecto, a otros descendientes). En España equivale a dos tercios del patrimonio. El testador puede disponer libremente solo del tercio de libre disposición.

¿Puedo renunciar a la herencia si tiene deudas?+

Sí. Tienes derecho a renunciar a la herencia y en ese caso no heredas ni bienes ni deudas. También puedes aceptar a beneficio de inventario, que limita tu responsabilidad al valor de los bienes heredados.

¿Qué pasa si el fallecido no dejó testamento?+

Se aplica la sucesión intestada, regulada por el Código Civil. Primero heredan los hijos, luego los padres, luego el cónyuge y finalmente otros parientes. Hay que tramitar una declaración de herederos ante notario.

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?+

Los costes incluyen honorarios del abogado, notaría, registro de la propiedad e impuesto de sucesiones (variable por comunidad autónoma). La consulta inicial con nosotros es gratuita. Después te damos un presupuesto cerrado.

¿Se puede impugnar un testamento?+

Sí, en determinadas circunstancias: si el testador no tenía capacidad en el momento de firmarlo, si hubo vicios del consentimiento (error, engaño, violencia) o si el testamento lesiona la legítima de algún heredero forzoso.

¿Qué es la herencia yacente?+

Es el período entre el fallecimiento y la aceptación formal de la herencia. Durante ese tiempo los bienes no tienen titular definido. Si hay deudas urgentes o bienes que pueden deteriorarse, hay que actuar con rapidez.

¿Hay diferencia entre heredero y legatario?+

Sí. El heredero sucede al fallecido en su totalidad o en una cuota parte del patrimonio (también en las deudas). El legatario recibe un bien o derecho concreto señalado en el testamento, sin responder de las deudas de la herencia.

Lo que dicen los tribunales

⚖️
Tribunal Supremo
STS 9/2016, de 21 de enero

Cálculo de la legítima e imputación de donaciones

El TS estableció criterios claros para calcular la legítima cuando el fallecido realizó donaciones en vida, determinando que estas deben computarse para calcular el caudal hereditario a efectos del pago a los legitimarios.

¿Por qué importa? Relevante cuando el fallecido donó bienes en vida a uno de los hijos: los demás pueden reclamar que esas donaciones se tengan en cuenta al calcular su legítima.

🏛️
Tribunal Supremo
STS 539/2020, de 20 de octubre

Acción de suplemento de legítima y prescripción

El TS clarificó que la acción para reclamar el complemento de legítima prescribe a los 15 años desde la apertura de la sucesión, y que el heredero perjudicado puede exigir el pago en metálico aunque el testamento atribuyera bienes en especie.

¿Por qué importa? Importante para quienes descubren tardíamente que su legítima ha sido vulnerada: el plazo para actuar es largo pero no indefinido.

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