Residencias, visados, reagrupación y nacionalidad. Conocemos cada trámite para que tu expediente llegue a buen puerto sin esperas innecesarias.
Sin coste inicial · Respuesta en 24h · Confidencial

En qué te ayudamos
Autorización inicial, renovaciones y residencia de larga duración. Evita errores que retrasen tu expediente.
Visado de trabajo, student, nómada digital, emprendedor y reagrupación. Preparamos toda la documentación.
Trae a tu familia a España. Gestionamos el expediente completo desde el inicio hasta la concesión.
Por residencia (10 años), matrimonio (1 año), origen o carta de naturaleza. Analizamos tu mejor vía.
Regularización para quienes llevan tiempo en España y cumplen los requisitos de arraigo. Gestión ágil.
Recurrimos resoluciones denegatorias, órdenes de expulsión y expedientes sancionadores ante la Administración y los tribunales.
Primera consulta gratuita
Sin compromisos. Sin letra pequeña. Solo un abogado especializado analizando tu situación.
Casos reales
Llevaba 3 años en España con visado de estudiante. Había encontrado trabajo pero no sabía cómo regularizar su situación laboral antes de que venciera el visado.
Modificación de estancia a residencia por trabajo en 10 semanas. Tarjeta de residencia de 2 años renovable.
Llevaba 5 años en España sin papeles, con hijos nacidos en España y arraigo social demostrable pero sin contrato de trabajo.
Autorización de residencia por arraigo social concedida en 4 meses. Acceso inmediato al mercado laboral.
Casada con español desde hacía 2 años. Quería solicitar la nacionalidad española pero desconocía los requisitos y documentación necesaria.
Nacionalidad española concedida en 14 meses. El expediente se presentó sin errores desde el primer intento.
Preguntas frecuentes
Depende del tipo de autorización. Las residencias por arraigo o trabajo suelen resolverse en 3 a 6 meses. La reagrupación familiar puede tardar entre 6 y 12 meses. La Administración tiene obligación de resolver en 3 meses; si no lo hace, opera el silencio positivo en algunos casos.
El arraigo es una vía de regularización para personas que llevan tiempo en España sin papeles. Existen tres tipos: social (3 años de estancia, vínculos familiares o contrato), laboral (2 años y relación laboral acreditable) y familiar (ser padre/madre de un español). Desde 2022 el arraigo social no requiere contrato previo.
Sí, la vía más común es la residencia legal continuada de 10 años. El plazo se reduce a 5 años para refugiados, 2 años para iberoamericanos, filipinos, ecuatoguineanos y sefardíes, y 1 año para cónyuge de español.
Tienes derecho a recurrir. El primer paso es el recurso de alzada o de reposición ante la misma Administración. Si no prospera, puedes acudir a la vía contencioso-administrativa. Los plazos son cortos, por eso es importante actuar sin demora.
Sí, si tienes residencia legal y acreditas recursos económicos suficientes y vivienda adecuada. Los hijos deben ser menores de 18 años o dependientes. El proceso se tramita desde España y puede tardar entre 6 y 12 meses.
Si trabajas remotamente para empresas fuera de España y quieres residir legalmente en el país, el visado de nómada digital es una opción interesante. Requiere demostrar ingresos mínimos (suele exigirse alrededor del 200% del SMI) y contrato con empresa extranjera.
Depende del tipo de autorización, pero en general necesitarás pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales del país de origen (apostillado), empadronamiento y documentos que acrediten tu situación específica (contrato, vínculos familiares, etc.). Te orientamos sobre el expediente concreto en la consulta gratuita.
Muchos trámites admiten presentación telemática con certificado digital o Cl@ve. Otros requieren presentación presencial en la Oficina de Extranjería. Un abogado especialista puede gestionar el expediente completo en tu nombre, evitando desplazamientos y errores.
Jurisprudencia
El TS consolidó la doctrina de que cuando la Administración no resuelve en plazo una renovación de residencia, opera el silencio administrativo positivo: la renovación se entiende concedida. Esto protege al extranjero frente a la inactividad administrativa.
¿Por qué importa? Muchas renovaciones tardan más de lo legal. Conocer este derecho evita situaciones de irregularidad sobrevenida.
El TS interpretó que el arraigo social no exige contrato de trabajo como condición previa, sino que basta la acreditación de integración social. Esta doctrina fue posteriormente recogida por la reforma reglamentaria de 2022.
¿Por qué importa? Abrió la puerta a la regularización de miles de personas que cumplían los requisitos de integración pero no tenían contrato previo.
Cuéntanos tu caso. Te decimos exactamente qué vía tienes y cómo tramitarla.
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