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Ley 44/2002 · RDL 19/2018 · Circular BdE 1/2010 ● VIGENTE

Reclamar al Banco de España: guía completa paso a paso

Norma
Ley 44/2002 · RDL 19/2018 · Circular BdE 1/2010
Estado
Vigente
Qué significa para ti
En lenguaje ciudadano

El Banco de España tiene un Servicio de Reclamaciones que resuelve disputas entre ciudadanos y entidades financieras. No es un tribunal —no puede obligar al banco a devolvert el dinero— pero su informe tiene mucho peso: si el Banco de España dice que el banco actuó mal, eso es un argumento muy poderoso en una posterior demanda judicial, y muchos bancos prefieren llegar a un acuerdo antes que enfrentarse a esa situación.

Antes de ir al Banco de España tienes que haber reclamado primero al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu banco y esperar su respuesta o que pasen dos meses sin respuesta. Solo después puedes acudir al Banco de España. El proceso es gratuito y puedes hacerlo sin abogado.
Qué implica en la práctica

Lo que el banco puede y no puede hacer

Paso 1 — Reclamar al SAC del banco
Escribe al Servicio de Atención al Cliente de tu banco con un relato cronológico, los movimientos no reconocidos y lo que pides (reembolso). El banco tiene 15 días hábiles para contestar en temas de servicios de pago.
Paso 2 — Acudir al Banco de España
Si el banco rechaza tu reclamación o no contesta en plazo, presenta tu reclamación en el Portal del Cliente Bancario del Banco de España (clientebancario.bde.es). Es gratuito y online.
Paso 3 — Resolución del BdE
El Banco de España emite un informe en varios meses. Si es favorable a ti, el banco tiene que motivar por escrito por qué no lo sigue. En la práctica, muchos bancos acaban cediendo.
Limitación importante
El informe del Banco de España no es vinculante: el banco puede ignorarlo. Pero si lo ignora, ese informe favorable es una prueba muy valiosa en una demanda judicial posterior.
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

No es obligatorio, pero es muy recomendable. El informe favorable del Banco de España refuerza enormemente tu posición en una demanda judicial y puede hacer que el banco prefiera llegar a un acuerdo extrajudicial.

El plazo habitual es de varios meses, normalmente entre 4 y 8 meses. No existe un plazo legal fijo para la resolución, aunque el BdE publica estadísticas sobre sus tiempos de resolución.

No. El proceso es gratuito y puedes presentar la reclamación tú mismo a través del Portal del Cliente Bancario (clientebancario.bde.es). Sin embargo, si el asunto es complejo o el importe elevado, contar con un abogado especializado mejora la calidad de la documentación presentada.

Necesitas: la reclamación que enviaste al SAC del banco, la respuesta del banco (o prueba de que no contestó), los extractos bancarios con los movimientos no reconocidos, cualquier comunicación o SMS fraudulento que conserves, y la denuncia policial si la tienes.

¿Esta normativa aplica a tu situación?

Cuéntanos qué te ha pasado con el banco. Analizamos tu caso y te decimos si tienes fundamento para reclamar. Sin compromiso.

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