Resumen en lenguaje ciudadano
Desde el 15 de septiembre de 2026, las operadoras deben bloquear SMS, MMS y RCS cuyo remitente sea un alias alfanumérico no inscrito en el Registro de la CNMC. Esta medida busca frenar el smishing, donde estafadores suplantan a bancos y empresas para robar datos. Las empresas con solicitud pendiente tienen un periodo de gracia temporal. El objetivo es que solo entidades legítimas puedan usar nombres comerciales como remitente.
Si recibes un SMS de tu banco, verifica siempre que el remitente sea exactamente el oficial y no hagas clic en enlaces; contacta por canales propios si dudas.
Qué significa para ti
Esta normativa supone un gran avance para reducir los mensajes fraudulentos que imitan a tu banco. A partir de ahora, si recibes un SMS que parece de tu banco pero no está en el Registro, será bloqueado automáticamente por las operadoras. Sin embargo, debes mantener la precaución: el bloqueo no es perfecto y el periodo de gracia para empresas con solicitudes pendientes puede dejar ventanas abiertas. Además, los estafadores podrían intentar usar otros canales o alias muy similares.
En la práctica, esto significa que verás menos mensajes fraudulentos, pero no debes bajar la guardia. Si un SMS te pide datos personales o bancarios, desconfía siempre, incluso si parece legítimo. La mejor defensa sigue siendo no hacer clic en enlaces sospechosos y contactar directamente con tu banco por canales oficiales si tienes dudas.
¿Tu banco te ha bloqueado la cuenta? Guía general para reclamar paso a paso →
También puedes consultar la legislación bancaria explicada que fundamenta estas reclamaciones.
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