Resumen en lenguaje ciudadano
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado el 11 de junio de 2026 (asunto C-81/24, Jenec) que un banco no puede negar la apertura de una cuenta de pago básica a un consumidor basándose únicamente en que su nombre figura en la lista de sanciones OFAC del Tesoro de EE.UU. La entidad financiera está obligada a realizar una evaluación individualizada del riesgo de blanqueo de capitales y solo puede denegar la cuenta si, tras ese análisis, concluye que el riesgo no puede gestionarse con medidas proporcionadas. La resolución refuerza el criterio de que la normativa antiblanqueo exige un enfoque basado en el riesgo concreto, no respuestas automáticas derivadas de listas extranjeras. Aunque el caso tiene origen esloveno, la doctrina es directamente aplicable a todos los bancos de la UE, incluidos los españoles.
Si un banco español te ha denegado la apertura de cuenta argumentando que apareces en alguna lista de sanciones extranjera sin evaluar tu caso concreto, tienes derecho a exigir esa evaluación individualizada y, si la denegación es injustificada, a reclamar.
Qué significa para ti
La sentencia tiene una relevancia práctica inmediata para personas —especialmente extranjeros o ciudadanos con actividad internacional— que han visto denegada la apertura de una cuenta bancaria en España o en cualquier otro país de la UE por aparecer en listados de sanciones de terceros países. El TJUE pone límites claros a la 'externalización' de decisiones de riesgo: delegar la negativa en una lista de la OFAC equivale a dejar que la Administración de EE.UU. decida quién puede tener una cuenta en Europa.
Desde el punto de vista del cumplimiento normativo bancario, la sentencia obliga a revisar los procesos de incorporación de clientes (onboarding) y de salida (de-risking) para garantizar que cualquier decisión que afecte a clientes listados en sanciones de terceros países esté respaldada por una valoración documentada, individualizada y proporcional, y no por una regla automática. Las entidades españolas tendrán que adaptar sus procedimientos internos a este nuevo estándar europeo.
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