Resumen en lenguaje ciudadano
El Tribunal Supremo ha condenado a una entidad de crédito por vulnerar el derecho al honor de una clienta al incluirla en un registro de morosos (ASNEF-Equifax) cuando la deuda ya estaba siendo impugnada por usura. La clienta había enviado una reclamación extrajudicial en abril de 2022 y presentado demanda judicial en junio, pero la financiera comunicó los datos al fichero en octubre de ese año. El Supremo considera que la existencia de una controversia previa priva a la deuda del carácter incontrovertido exigido por la ley. La entidad deberá indemnizar con 2.000 euros por daño moral.
Si te han incluido en un registro de morosos tras haber reclamado contra el crédito, guarda todas las comunicaciones y plantea una reclamación por vulneración de tu derecho al honor.
Qué significa para ti
Esta sentencia refuerza la protección de los consumidores que se encuentran en desacuerdo con su entidad financiera sobre la validez o exigibilidad de una deuda. Significa que no pueden incluirte en un fichero de morosos como medida de presión mientras exista una reclamación o demanda judicial en curso sobre ese mismo contrato.
Si te han incluido en un registro de impagos después de haber reclamado o demandado a tu banco o financiera por considerar el crédito usurario o con cláusulas abusivas, esta sentencia te da argumentos sólidos para reclamar la cancelación de tus datos y una indemnización por daño moral.
¿Tu banco te ha bloqueado la cuenta? Guía general para reclamar paso a paso →
También puedes consultar la legislación bancaria explicada que fundamenta estas reclamaciones.
¿Tu banco ha actuado de forma similar?
Consulta gratuita. Analizamos tu caso y te decimos si tienes fundamento para reclamar.
Consulta gratuita →