Resumen en lenguaje ciudadano
El Tribunal Supremo, en su Sentencia 722/2026 de 11 de mayo, ha resuelto que no basta con haber comprado una vivienda sobre plano para poder reclamar al banco avalista la devolución del dinero anticipado cuando la promoción fracasa: es imprescindible que la compra tuviera una finalidad residencial y no inversora. El caso afectaba a compradores de una promoción fallida en Campos del Río (Murcia) que reclamaron a Caixabank como avalista al amparo de la antigua Ley 57/1968. El Supremo apreció indicios de finalidad inversora en varios compradores —titularidad de otros inmuebles, cláusulas de cesión contractual— y les denegó la protección. La sentencia refuerza la exigencia de acreditar el uso residencial real de la vivienda para acceder al régimen de protección de cantidades anticipadas.
Si compraste una vivienda sobre plano que nunca se construyó, puedes reclamar al banco avalista, pero debes acreditar que la compra era para vivir en ella y no como inversión.
Qué significa para ti
Esta sentencia del Supremo introduce un matiz importante en una materia en la que los consumidores habían ganado posiciones durante años. La doctrina general que obligaba a los bancos a devolver cantidades anticipadas cuando la promotora quebraba y no había entregado aval queda intacta, pero el Alto Tribunal ahora exige probar el carácter residencial de la adquisición.
En la práctica, esto significa que los compradores que adquirieron varios inmuebles en la misma promoción, que incluyeron en el contrato cláusulas de cesión a terceros o que no pueden justificar la necesidad habitacional de la vivienda pueden ver rechazada su reclamación al banco. Se trata de una delimitación razonable, ya que la Ley 57/1968 fue concebida para proteger a familias que compraron su hogar, no a inversores que especularon con el mercado inmobiliario.
Para los compradores de buena fe con finalidad residencial genuina, la protección sigue siendo plena. La sentencia sirve además como aviso para futuras litigaciones: documentar adecuadamente la finalidad de uso de la vivienda desde el momento de la firma del contrato es crucial para poder ejercer acciones frente al banco en caso de promoción fallida.
Jurisprudencia contra Caixabank: sentencias y resoluciones documentadas →
También puedes consultar la legislación bancaria explicada que fundamenta estas reclamaciones.
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