Resumen en lenguaje ciudadano
La AEPD emitió una advertencia sobre una herramienta de IA para cribado de currículums y evaluación de candidatos en procesos de selección y movilidad interna. La empresa afirmaba que la decisión final sería humana, pero la Agencia precisó que esa intervención debe ser efectiva y permitir valorar críticamente el resultado automatizado. La advertencia se basó en el artículo 22 RGPD y en las Directrices WP251 del antiguo Grupo de Trabajo del Artículo 29.
Si un banco o empresa usa IA para decidir sobre ti, pide explicación de los criterios y de cómo se ha supervisado la decisión; la intervención humana debe ser efectiva, no un simple formulismo.
Qué significa para ti
Aunque la noticia se centra en procesos de selección de personal, el criterio de la AEPD es extrapolable a cualquier ámbito donde una entidad financiera o empresa utilice IA para tomar decisiones que te afecten: concesión de créditos, bloqueos de cuentas, evaluación de riesgo o detección de fraude. La clave es que la supervisión humana no puede ser un simple formalismo; la persona debe poder entender, cuestionar y apartarse del resultado automatizado. Si un banco alega que una persona revisó tu caso antes de bloquear tu cuenta o denegarte una operación, eso no basta si no hubo una valoración crítica real. Esto refuerza tu derecho a exigir transparencia sobre el funcionamiento de los algoritmos que te evalúan.
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También puedes consultar la legislación bancaria explicada que fundamenta estas reclamaciones.
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