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Tribunales

Cortar la luz a una ejecutada hipotecaria no es lo mismo que a un okupa: imputado un comprador de subasta

Fuente
Economist & Jurist
Fecha
24/09/2026
Categoría
Tribunales
Qué ocurrió

Resumen en lenguaje ciudadano

Un hombre que compró una vivienda en subasta ordenó cortar la luz y el agua a la anterior propietaria, de 88 años, que seguía viviendo allí. El juzgado lo investiga por coacciones. El juez advierte que la sentencia del Supremo que avala cortar suministros solo se aplica a okupas sin título, no a personas embargadas que aún viven en su casa durante el proceso hipotecario.

💡

Si estás en un proceso hipotecario o de subasta, no permitas que el nuevo propietario te corte los suministros: denúncialo ante el juzgado o la policía.

Fuente original Economist & Jurist · 24/09/2026
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Nuestro análisis

Qué significa para ti

Este caso afecta directamente a personas que están en un procedimiento de ejecución hipotecaria o que han perdido su vivienda en subasta. La diferencia entre okupa y deudor hipotecario es jurídicamente decisiva. El Supremo solo ha dicho que no es delito cortar suministros a quien ocupa ilegalmente un inmueble vacío, sin ningún título. No ampara presionar a quien sigue en su casa porque no pudo pagar la hipoteca.
Si estás en esa situación, tienes derecho a seguir viviendo en tu vivienda hasta que se dicte el lanzamiento judicial. El nuevo propietario no puede privarte de suministros esenciales, ni siquiera en pleno agosto. Hacerlo puede acarrearle responsabilidad penal. Si te cortan la luz o el agua, denúncialo de inmediato.

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