Resolución AEPD

La AEPD multó a Openbank con 2.500.000 €

2.500.000 €
Caso documentado · Ref. PS/00331/2022 · ver resolución oficial
🏦 Openbank 📂 Datos personales 📅 17/07/2023

Qué pasó

Un cliente de Openbank recibió varias transferencias que el banco consideró que debía justificar por la normativa de prevención de blanqueo. El cliente pidió un medio seguro (cifrado o carga en el área privada) para enviar esa documentación tan sensible; Openbank le contestó que el único canal era el correo electrónico ordinario. La AEPD abrió expediente y concluyó que el banco vulneró los artículos 25 (privacidad desde el diseño) y 32 (seguridad del tratamiento) del RGPD: impuso 1,5 millones de euros por el primero y 1 millón por el segundo. La resolución subraya que el propio banco había calificado de alto el riesgo de ese tratamiento en su evaluación de impacto y aun así no adoptó medidas: hasta octubre de 2022 los clientes ni siquiera podían aportar la documentación desde el área privada de la web.
Documento del criterio: La AEPD multó a Openbank con 2.500.000 €
El criterio oficial, documentado y verificable · ConsultaAbogado.online

Qué dijo el organismo — y qué significa para ti

La AEPD fija un criterio directamente aprovechable por cualquier cliente al que su banco pida justificar ingresos u origen de fondos: los datos financieros exigen medidas reforzadas, y el email ordinario no es un medio apropiado para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo. Si tu banco te exige remitir nóminas, declaraciones o extractos por correo electrónico sin cifrar, está incumpliendo exactamente lo que aquí se sancionó con 2,5 millones. Este criterio pesa especialmente en los bloqueos de cuenta por prevención de blanqueo, donde la entrega de documentación es la llave del desbloqueo: el banco no puede convertir esa entrega en un riesgo para ti.

Cómo replicarlo paso a paso

1) Si el banco te pide documentación financiera, solicita por escrito un canal seguro (carga en el área privada o correo cifrado), citando los arts. 25 y 32 RGPD y la resolución PS/00331/2022. 2) Si solo te ofrece email ordinario, deja constancia escrita de tu objeción y envía la documentación bajo protesta para no frenar el desbloqueo. 3) Reclama después ante el DPO de la entidad y, si no corrige, denuncia ante la AEPD adjuntando los correos. 4) Conserva acuses de recibo: son la prueba que sostuvo esta sanción.
El caso emblemático de este sitio: la autora, Ana María González, lleva 309 días con su cuenta bloqueada por Openbank sin una sola explicación escrita — con expedientes abiertos ante el Banco de España y la AEPD que cualquiera puede verificar. Lee su testimonio completo, con fechas y números de expediente.
¿Tu banco te está haciendo algo parecido?

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Fuente oficial: PS/00331/2022. Las resoluciones de organismos públicos son de libre acceso (art. 13 LPI).
✍️ Análisis: Ana María González · Última actualización: 15 de septiembre de 2026