Sentencia judicial
El cliente recuperó 1.600 € que Openbank se negaba a devolver
1.600 €Caso documentado · Ref. Sentencia 219/2025 · ver resolución oficial
Qué pasó
Un cliente de Openbank sufrió un ataque de phishing con el que los delincuentes lograron dar de alta su tarjeta en Apple Pay sin su autorización y realizar cargos por 1.600 euros. El banco se negó a devolverlos alegando que el cliente había autorizado la operativa. El Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Valencia condenó a Openbank: el banco no acreditó que el usuario hubiera actuado con negligencia, la operación se produjo tras una suplantación de identidad y la entidad tenía la obligación de prevenir este tipo de operaciones sospechosas.
Qué dijo el tribunal — y qué significa para ti
La sentencia aplica a Openbank —directamente, no al grupo— la doctrina de la responsabilidad cuasi-objetiva del proveedor de servicios de pago: en las operaciones no autorizadas, quien debe probar la negligencia grave del cliente es el banco, y un alta exprés en una cartera digital seguida de cargos inusuales es exactamente el patrón que sus sistemas antifraude deben detectar. Si te vaciaron la cuenta vía Apple Pay, Google Pay o Bizum tras un SMS o llamada falsa, el punto de partida jurídico te favorece.Cómo replicarlo paso a paso
1) Denuncia el fraude en la Policía en cuanto lo detectes y comunica al banco la operación no autorizada (art. 43 y ss. del RDL 19/2018) por escrito. 2) Exige la devolución inmediata: la ley obliga a devolver salvo que el banco pruebe fraude o negligencia grave tuya. 3) Si el SAC lo rechaza, reclama al Banco de España y valora la demanda: sentencias como la 219/2025 muestran que los juzgados exigen esa prueba al banco. 4) No firmes documentos que reconozcan "autorización" de la operación.
El caso emblemático de este sitio: la autora, Ana María González, lleva 309 días con su cuenta bloqueada por Openbank sin una sola explicación escrita — con expedientes abiertos ante el Banco de España y la AEPD que cualquiera puede verificar. Lee su testimonio completo, con fechas y números de expediente.
¿Tu banco te está haciendo algo parecido?
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Fuente oficial: Sentencia 219/2025. Las resoluciones de organismos públicos son de libre acceso (art. 13 LPI).
✍️ Análisis: Ana María González · Última actualización: 15 de septiembre de 2026