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Sanciones de la AEPD, sentencias de tribunales, resoluciones del Banco de España y cambios normativos que afectan a los consumidores bancarios en España.
192 noticias
Entre el 21 y el 27 de julio de 2026, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete ha dictado tres sentencias consecutivas que confirman la nulidad de cláusulas de gastos hipotecarios de BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell respectivamente, obligándoles a devolver las cantidades indebidamente cobradas por notaría, registro, gestoría y tasación más intereses y costas. En los tres casos los bancos recurrieron alegando prescripción de la acción, argumento que el tribunal desestimó de plano. Las cantidades en cada caso oscilan entre 284 euros y 979 euros, pero el patrón repetido ilustra la masa crítica de litigios que siguen llegando a los juzgados. Los tres fallos responden al mismo magistrado ponente y aplican de forma uniforme la doctrina del Tribunal Supremo sobre el dies a quo de la prescripción.
El Banco de España ha sancionado a Caja Rural Central por una grave mala praxis hipotecaria que dejó a una clienta alicantina con la cuenta en números rojos. La entidad cargó de golpe 30.000 euros correspondientes a 52 cuotas acumuladas —incluyendo los nueve meses de moratoria COVID y tres años de recibos que nunca giró por un fallo informático—, provocando un descubierto de 20.000 euros con sus correspondientes intereses. Según la normativa de las moratorias COVID, el banco no podía exigir un pago inmediato y acumulado, sino que estaba obligado a reestructurar el calendario de pagos. El supervisor recuerda que los afectados por situaciones similares deben reclamar primero al servicio de atención al cliente del banco y, si no obtienen respuesta en un mes, acudir al Banco de España.
La Audiencia Provincial de Albacete ha desestimado el recurso de Banco Santander y ha confirmado la anulación de dos garantías hipotecarias sobre inmuebles de una empresa declarada en concurso de acreedores. El tribunal considera que esas hipotecas, constituidas en noviembre de 2021 para garantizar un préstamo de 496.000 euros, otorgaban una ventaja injustificada al banco frente al resto de acreedores. Como consecuencia, el crédito de Santander pierde su privilegio especial y pasa a considerarse crédito ordinario en el concurso. Santander ha sido además condenado al pago de las costas del recurso de apelación.
La Memoria de Reclamaciones 2025 del Banco de España pone de relieve que Banco Santander, el banco más rentable de España con 7.328 millones de beneficio en el primer semestre de 2026, es también el que más ignora los fallos del supervisor favorables al cliente: en el 76,1% de los 339 casos resueltos a su favor, Santander no rectificó. A mucha distancia le siguen Deutsche Bank (75,7%) y Kutxabank (69,5%). En el lado opuesto, CaixaBank rectificó en el 58,8% de los casos. El dato expone la debilidad estructural del sistema: las resoluciones del Banco de España no son vinculantes y los bancos pueden ignorarlas sin consecuencias inmediatas.
El Banco de España inadmite el 58,6% de las reclamaciones que recibe porque los consumidores cometen un error básico: acudir directamente al supervisor sin haber presentado antes una queja formal en el Servicio de Atención al Cliente (SAC) de su propio banco. El procedimiento es obligatorio: primero hay que reclamar al banco (que tiene 15 días hábiles para servicios de pago y 1 mes para el resto), y solo si no contesta o la respuesta no satisface, se puede acudir al Banco de España. Una vez admitida, la reclamación es gratuita y el supervisor tiene un plazo medio de 39 días para resolverla. El plazo para presentar la reclamación ante el Banco de España caduca al año desde que se reclamó al banco.
Leer análisis →La Sección 25 de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia dictada el 30 de abril de 2026 y publicada esta semana, aplica la doctrina del Tribunal Supremo sobre costas en litigios de cláusulas abusivas con consumidores. El tribunal fija que cuando el banco recurre en apelación y dicho recurso solo se estima parcialmente —manteniéndose la declaración de abusividad—, el banco debe abonar la mitad de las costas de apelación causadas al consumidor. El criterio se fundamenta en el principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea y en la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas.
Leer análisis →El 21 de julio de 2026, la Agencia Española de Protección de Datos publicó una nota técnica que analiza cómo los principios de exactitud y minimización del RGPD se proyectan sobre los tratamientos de datos que usan sistemas de inteligencia artificial. Se trata de uno de los primeros trabajos en el mundo que aborda esta cuestión de forma sistemática, con el objetivo de ofrecer criterios claros a responsables del tratamiento, encargados y delegados de protección de datos. El documento tiene especial relevancia para sectores como la banca, que usa IA para scoring crediticio, análisis de riesgo y detección de fraude.
Leer análisis →El Banco de España ha publicado su Memoria de Reclamaciones de 2025, que muestra una caída global del 44,8% en el número de quejas —de 56.000 en 2024 a 30.970 en 2025—, pero deja un dato preocupante: el fraude con tarjeta y operaciones de pago ya es el principal motivo de reclamación, con un aumento del 18%. Las quejas por hipotecas se desplomaron un 80% al disiparse el efecto de las sentencias sobre gastos hipotecarios, mientras que las devoluciones a clientes alcanzaron un máximo histórico de 6,78 millones de euros. El Banco de España advierte de que en el primer cuatrimestre de 2026 las reclamaciones ya crecen un 50% y todo apunta a que el año cerrará con unos 40.000 expedientes, impulsados por el fraude digital. De las reclamaciones admitidas a trámite, el 53% se resolvió a favor del cliente, con un plazo medio de tramitación de solo 39 días.
La Audiencia Provincial de Albacete ha desestimado el recurso de BBVA y confirmado la nulidad de las cláusulas que imponían al consumidor todos los gastos de constitución de su hipoteca. El banco deberá devolver al cliente las cantidades pagadas por notaría, registro de la propiedad, gestoría y tasación, más los intereses legales y las costas del proceso. El tribunal rechazó el argumento de prescripción al considerar que el plazo no puede comenzar antes de que el consumidor tenga conocimiento real de la abusividad de la cláusula. Además, el tribunal subrayó que es el banco quien debe demostrar que el cliente conocía previamente la nulidad, y BBVA no pudo acreditarlo.
Un juzgado de Moncada (Valencia) ha condenado a una entidad bancaria a devolver 5.800 euros a una clienta que fue víctima de una estafa de phishing. La sentencia, firme desde el 20 de julio de 2026, considera que los casos de phishing son conductas delictivas muy elaboradas que inducen a error con facilidad, y que el banco debería haber detectado la modificación del límite máximo diario de la tarjeta de crédito sin verificar que era la propia clienta quien lo ordenó. La resolución refuerza la obligación de los bancos de controlar movimientos inusuales en las cuentas.
Leer análisis →La Audiencia Provincial de Cuenca ha estimado parcialmente el recurso de un consumidor frente a Banco Santander y le ha impuesto las costas de primera instancia por considerar que actuó con mala fe. El tribunal constató que el banco rechazó por escrito una reclamación extrajudicial sobre gastos hipotecarios recibida el 27 de febrero de 2024, defendiendo la validez de la cláusula, lo que obligó innecesariamente al cliente a acudir a los juzgados. La Sala aplicó la doctrina del Tribunal Supremo sobre imposición de costas cuando la entidad se allana tras haber rechazado previamente la reclamación del consumidor. En consecuencia, el banco debe asumir los costes del proceso que él mismo provocó con su negativa injustificada.
En julio de 2026 los SMS falsos que suplantan a bancos han alcanzado tal grado de perfección gracias a la inteligencia artificial que ya no presentan errores gramaticales y se cuelan en el mismo hilo de mensajes que las comunicaciones reales del banco. El fraude online superó los 45.445 casos en España en 2025, un 19% más que el año anterior, con más de 25.000 incidentes relacionados con phishing bancario por SMS. La CNMC prepara un sistema de bloqueo de SMS fraudulentos, aunque su entrada en vigor se ha retrasado hasta septiembre de 2026. La jurisprudencia española y el TJUE refuerzan la obligación del banco de devolver el dinero de operaciones no autorizadas sin poder alegar previamente una supuesta negligencia del cliente para retrasar el reembolso.
Leer análisis →La magistrada Eva Cerón, del Juzgado de Primera Instancia número 8 de San Sebastián, prepara una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE con una decena de preguntas sobre el IRPH, el índice de referencia hipotecario que afecta a más de un millón de familias. La jueza cuestiona si basta con mencionar en el contrato la Circular 5/1994 del Banco de España o si el banco debió explicar al cliente que el IRPH era sistemáticamente más caro que el Euríbor. También pregunta si los bancos pudieron enviar datos inflados para encarecer el cálculo del índice. Paralelamente, el juez Rafael de la Fuente de Palma ya tiene registrada otra cuestión prejudicial (asunto C-297/26) sobre los mismos problemas de transparencia.
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto en julio de 2026 una sanción de 250.000 euros a una empresa cuyas medidas de seguridad resultaron insuficientes para prevenir un ataque de ransomware que comprometió datos personales de clientes o empleados. La resolución, recogida en el newsletter de Garrigues de julio de 2026, se enmarca en la línea de la AEPD de responsabilizar a las organizaciones no solo cuando ocurre el ataque, sino cuando sus sistemas carecían de las protecciones adecuadas con carácter previo. La misma publicación recoge que la AEPD registró en 2025 el mayor número de reclamaciones de su historia. El sector financiero acumula el mayor volumen de expedientes abiertos por uso de inteligencia artificial.
Leer análisis →El 14 de julio de 2026, la AEPD publicó un conjunto de recomendaciones para reforzar el cumplimiento del RGPD en la Administración General del Estado, fruto del trabajo conjunto con más de 70 delegados de protección de datos de diferentes ministerios y organismos. Las recomendaciones insisten en que el delegado de protección de datos debe participar desde las fases iniciales de cualquier proyecto tecnológico o normativo, garantizando independencia funcional. El documento también aborda los retos específicos de la inteligencia artificial en el sector público, con orientaciones sobre minimización y evaluación de impacto.
Leer análisis →El Tribunal Supremo ha reafirmado que Novo Banco, creado como banco puente tras la resolución del Banco Espírito Santo, tiene legitimación pasiva para soportar las acciones de nulidad de cláusulas abusivas de los contratos hipotecarios que le fueron transmitidos. El Alto Tribunal rechaza el recurso del banco y confirma que Novo Banco no solo debe asumir los contratos, sino también las consecuencias jurídicas de su contenido, incluida la restitución de cantidades pagadas por el consumidor en aplicación de cláusulas abusivas, incluso en fechas anteriores a la subrogación. La resolución protege a los consumidores cuyas hipotecas fueron transferidas sin su consentimiento a entidades banco-puente.
El Tribunal Supremo ha fallado que la pausa del desayuno y los 15 minutos de cortesía al fichar forman parte de la jornada laboral en CaixaBank, siempre que exista un acuerdo previo que los reconozca. El alto tribunal rectifica el criterio de instancias anteriores y establece que la implantación de un nuevo sistema de registro horario no puede usarse para eliminar derechos que ya estaban pactados con la plantilla. La sentencia afecta directamente a los trabajadores de CaixaBank con horario fijo y sienta un precedente para el resto del mercado laboral.
La profesora Matilde Cuena analiza el anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo y concluye que, pese a sus avances, contiene una contradicción estructural: obliga a los prestamistas a evaluar la solvencia del cliente y a denegar el crédito si la evaluación es negativa, pero si el banco incumple esta obligación y concede igualmente el préstamo, el derecho concursal puede sancionar al consumidor insolvente por 'endeudamiento temerario' y privarle de la exoneración de deudas. El anteproyecto prohíbe además utilizar datos de redes sociales o datos de salud para evaluar la solvencia y exige explicar la lógica de los algoritmos de scoring utilizados.
Leer análisis →El anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo, aprobado en Consejo de Ministros en enero de 2026 y actualmente en tramitación parlamentaria, establece un límite transitorio del 22% TAE para tarjetas revolving y créditos al consumo en general. Para los microcréditos de alto coste, el límite de interés mensual se fija en el 4% con una comisión máxima de apertura del 5% o 30 euros. Los bancos y prestamistas deberán evaluar obligatoriamente la solvencia del cliente antes de conceder el crédito, y no podrán hacerlo si la evaluación es negativa. La norma transpone la Directiva UE 2023/2225 y su aplicación plena está prevista para noviembre de 2026.
Leer análisis →El Tribunal de Instancia de Ferrol ha condenado a una entidad bancaria a devolver 19.990 euros más intereses y costas a un cliente víctima de una sofisticada ciberestafa combinada de smishing y vishing. El afectado recibió un SMS que imitaba ser de su banco y, tras una llamada desde un número falsificado de la entidad, realizó dos transferencias de 10.000 euros creyendo seguir instrucciones de seguridad legítimas. El tribunal rechazó los argumentos del banco sobre negligencia del cliente, reconociendo que los mensajes llegaron por el hilo oficial de la entidad y que el afectado denunció los hechos de inmediato. La sentencia marca un hito al exigir a las entidades sistemas antifraude capaces de detectar este tipo de suplantaciones.